El control de accesos es el conjunto de medios humanos, materiales y de procedimiento que asegura la protección frente a la intrusión y la correcta canalización del personal autorizado hacia las zonas de seguridad. Su finalidad es identificar a las personas, autorizar o denegar su entrada, verificar los objetos y vehículos que portan y dejar constancia documental. Su base legal es el artículo 32.1.b) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que faculta al vigilante para "efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles donde presten servicio".
Ese mismo artículo fija dos límites legales esenciales. Primero, el vigilante "en ningún caso" podrá retener la documentación personal: puede mirar y verificar el DNI, pero nunca quedárselo. Segundo, el control es voluntario para el ciudadano; la negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de objetos, paquetería o vehículo solo faculta al vigilante "para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección". No cabe registro coactivo ni retención del particular por este motivo. Conviene distinguir el control de identidad (reservado al vigilante) del mero control de accesos auxiliar (carnés o listas), que puede hacer personal no habilitado.
El procedimiento de actuación se desarrolla en cuatro fases sucesivas: identificación, autorización, entrega de tarjeta acreditativa y registro documental de acceso. En la identificación se verifica el documento del visitante y, si no figura en citas previas, se confirma con el departamento visitado. Los sistemas de identificación se clasifican según la credencial en tres grupos:
Las acreditaciones permanentes (personal fijo) incorporan fotografía, nombre, cargo y zona autorizada; las transitorias (visitantes) llevan número de orden y grado de autorización por color o código, no deben identificar el edificio —para evitar su uso indebido si se extravían— y se recogen a la salida. El registro documental se lleva en un fichero de doble entrada (alfabética y cronológica) con nombre, DNI, persona visitada, hora de entrada y de salida y observaciones.
En el registro de objetos y paquetería el vigilante no manipula directamente los efectos: invita al portador a abrirlos o depositarlos. Se distinguen objetos prohibidos (tipificados penalmente, que obligan a intervenir y avisar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad) de los restringidos (lícitos pero no admitidos, que pueden quedar en consigna). La paquetería se somete a inspección visual y a rayos X; ante sospecha de carta o paquete-bomba no se manipula, se aleja de zonas neurálgicas y se avisa al 112. En el control de vehículos se revisan habitáculo, maletero y bajos, manteniendo los sospechosos alejados de los centros críticos.
La protección de edificios e instalaciones sensibles se organiza por zonas de seguridad concéntricas (protección en profundidad): perímetro exterior, perímetro del edificio, interior y zonas restringidas, reforzadas con cerramientos, iluminación, CCTV y detección perimetral. Las infraestructuras críticas se rigen por la Ley 8/2011, de 28 de abril, y las medidas materiales por la normativa reglamentaria y la Orden INT/317/2011.
Finalmente, la protección de polígonos industriales y urbanizaciones se regula en el artículo 80 del Real Decreto 2364/1994 (Reglamento de Seguridad Privada). El servicio en las vías de uso común lo presta una sola empresa de seguridad y, en horario nocturno, exige al menos dos vigilantes conectados entre sí y con la empresa por radiocomunicación y con medios de desplazamiento adecuados. La prestación requiere autorización previa, comprobando que el polígono o urbanización esté netamente delimitado y separado de los núcleos poblados y sin solución de continuidad por vías ajenas. En esas vías comunes el servicio se presta sin armas y en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
1. ¿Qué se entiende por control de accesos en el ámbito de la seguridad privada?
El control de accesos es el conjunto de medios humanos, materiales y de procedimiento destinados a asegurar la protección contra la intrusión y la correcta canalización del personal autorizado hacia las zonas de seguridad (temario técnico-profesional V. de Seguridad).
2. Según el artículo 32.1.b) de la Ley 5/2014, los controles de identidad, objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos que efectúa el vigilante de seguridad pueden practicarse...
El art. 32.1.b) de la Ley 5/2014 faculta al vigilante para efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido su interior, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
3. En relación con la documentación personal del ciudadano en un control de accesos, el vigilante de seguridad...
Conforme al art. 32.1.b) de la Ley 5/2014, la verificación de identidad (mirar el DNI) es admisible, pero la retención de la documentación personal está prohibida 'en ningún caso'.
4. Un visitante se niega a permitir el control de su bolso a la entrada de un edificio donde un vigilante presta servicio. ¿Cómo debe actuar el vigilante conforme a la Ley 5/2014?
El art. 32.1.b), párrafo segundo, de la Ley 5/2014 establece que la negativa a permitir el control faculta para impedir el acceso o para ordenar el abandono del inmueble; el control no es coactivo.
5. Una empresa quiere asignar a un recepcionista no habilitado el manejo de los escáneres y la verificación del DNI con fines de seguridad en el acceso. ¿Qué actividad está reservada al vigilante de seguridad habilitado?
Según el Informe UCSP nº 2014/052 y la doctrina del art. 32 de la Ley 5/2014, el control de identidad asociado a medidas de seguridad está reservado al vigilante; el mero control de accesos auxiliar (entradas, carnés, listas) sin funciones de seguridad puede realizarlo personal no habilitado.
6. ¿Cuál de las siguientes NO es una finalidad propia del control de accesos?
La finalidad del control de accesos es identificar a las personas, autorizar o denegar su paso, verificar la naturaleza de los objetos y vehículos, y registrar documentalmente los movimientos. Imponer sanciones administrativas no es función del control de accesos (temario técnico-profesional).
7. El responsable de seguridad pide al vigilante que enumere los medios MATERIALES del punto de control de accesos. ¿Cuál de los siguientes lo es?
La organización del control de accesos comprende medios humanos (vigilantes, personal de inspección), medios materiales (arcos detectores, detectores manuales, rayos X, escáneres, detectores de explosivos, perros) y el procedimiento de actuación. El equipo de rayos X es un medio material (temario técnico-profesional).
8. El procedimiento de actuación en el control de accesos comprende cuatro fases sucesivas. ¿Cuál es el orden correcto?
El procedimiento de actuación comprende cuatro fases sucesivas: (1) identificación, (2) autorización, (3) entrega de tarjeta acreditativa y (4) registro documental de acceso (temario técnico-profesional).
9. Se presenta en recepción una persona que dice tener una reunión, pero no figura en el listado de citas. ¿Cómo debe proceder el vigilante en la fase de identificación?
En la identificación de visitantes el vigilante verifica la identidad mediante exhibición del DNI; si la visita no figura en reservas o citas, se confirma contactando con el departamento correspondiente antes de autorizar el acceso (temario técnico-profesional).
10. El registro documental de acceso se configura técnicamente como...
El registro documental de acceso es un fichero de doble entrada (alfabética y cronológica) donde se anotan nombre y apellidos, DNI, persona o departamento visitado, hora de entrada, hora de salida y observaciones (temario técnico-profesional).
11. El control de accesos de vehículos distingue tres categorías. ¿Cuáles son?
El control de accesos de vehículos distingue tres categorías: vehículos de visitantes, vehículos de mercancías (entrada/salida de género) y vehículos del personal de plantilla (temario técnico-profesional).
12. Durante la inspección de un furgón en el acceso a una instalación, ¿qué zona del vehículo se examina mediante espejos o cámaras telescópicas?
En la inspección de vehículos se examina especialmente el habitáculo, el maletero y los bajos del vehículo (mediante espejos o cámaras telescópicas); los sospechosos se mantienen alejados de los centros críticos (temario técnico-profesional).
13. ¿Qué dispone expresamente el art. 32.1.b) de la Ley 5/2014 respecto al control de vehículos por el vigilante?
El art. 32.1.b) de la Ley 5/2014 habilita expresamente el control de vehículos 'incluido el interior de éstos', en el acceso o en el interior de los inmuebles o propiedades donde se preste servicio.
14. En el control de accesos de una instalación, un vehículo presenta indicios sospechosos. ¿Qué medida operativa procede respecto a su ubicación?
Los vehículos sospechosos se mantienen alejados de los centros críticos de la instalación durante su inspección (temario técnico-profesional).
15. Conforme al art. 32.1.a) de la Ley 5/2014, la función de vigilancia y protección de bienes y personas incluye llevar a cabo...
El art. 32.1.a) de la Ley 5/2014 atribuye al vigilante la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, y de las personas, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
16. ¿Cómo se organiza la protección física de un edificio o instalación según el principio de protección en profundidad?
La protección física se organiza por anillos o zonas de seguridad concéntricas (perímetro exterior, perímetro de la edificación, interior y zonas restringidas/críticas), de modo que cada barrera retarda y detecta al intruso (principio de protección en profundidad) (temario técnico-profesional).
17. ¿Cuál de los siguientes es un elemento de protección perimetral de un edificio o instalación?
Los elementos de protección perimetral incluyen barreras físicas (vallas, muros, cerramientos), iluminación de seguridad, CCTV, detección perimetral y control de accesos en los puntos de entrada (temario técnico-profesional).
18. ¿Qué norma establece las medidas para la protección de las infraestructuras críticas en España?
La Ley 8/2011, de 28 de abril, establece medidas para la protección de las infraestructuras críticas, definidas como aquellas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas.
19. Según la Ley 8/2011, ¿qué caracteriza a una infraestructura crítica?
La Ley 8/2011 define las infraestructuras críticas como aquellas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, de modo que su perturbación o destrucción tendría grave impacto sobre los servicios esenciales.
20. Cuando la central de control o CRA se halla en edificio independiente, ¿cómo puede reforzarse el control del perímetro?
Cuando la central de control/CRA se halla en edificio independiente, el control del perímetro puede reforzarse mediante circuito cerrado de televisión (temario técnico-profesional / normativa técnica de medidas de seguridad).
21. En el esquema de zonas de seguridad concéntricas de un edificio, ¿cuál de las siguientes es la zona más exterior?
Las zonas de seguridad concéntricas se ordenan del exterior al interior: perímetro exterior, perímetro de la edificación, interior y zonas restringidas/críticas. La más exterior es el perímetro exterior (temario técnico-profesional).
22. Durante un control de accesos, un vigilante sorprende a una persona que acaba de cometer un delito en el inmueble protegido y le interviene un objeto sustraído. ¿Cómo debe actuar conforme al art. 32.1.d) de la Ley 5/2014?
El art. 32.1.d) de la Ley 5/2014 obliga al vigilante a poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos.
23. Según el art. 32.1.c) de la Ley 5/2014, una función del vigilante en relación con el objeto de su protección es...
El art. 32.1.c) de la Ley 5/2014 atribuye al vigilante la función de evitar la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de su protección.
24. La iluminación de seguridad de un perímetro tiene como finalidad principal...
La iluminación de seguridad es un elemento de protección perimetral que, junto con barreras físicas, CCTV, detección perimetral y control de accesos, refuerza la disuasión y detección del intruso (temario técnico-profesional).
25. Un camión de mercancías llega para descargar género en una instalación protegida. ¿Cómo lo clasifica el vigilante en el control de accesos de vehículos?
El control de accesos de vehículos distingue vehículos de visitantes, vehículos de mercancías (entrada/salida de género) y vehículos del personal de plantilla; un camión de descarga es vehículo de mercancías (temario técnico-profesional).
26. En la inspección de un vehículo de visitante, además del habitáculo y los bajos, ¿qué otra zona se examina especialmente?
En la inspección de vehículos se examina especialmente el habitáculo, el maletero y los bajos del vehículo (temario técnico-profesional).
27. Al cumplimentar el registro documental de acceso de un visitante, ¿cuál de los siguientes datos NO debe anotar el vigilante por no formar parte de dicho registro?
El registro documental de acceso anota nombre y apellidos, número de DNI, persona o departamento visitado, hora de entrada, hora de salida y observaciones; el estado civil no figura entre dichos datos (temario técnico-profesional).
28. Dentro de los elementos de protección perimetral, la detección perimetral cumple la función de...
La detección perimetral es uno de los elementos de protección perimetral, junto a barreras físicas, iluminación de seguridad, CCTV y control de accesos en los puntos de entrada, y sirve para detectar la intrusión en el límite de la instalación (temario técnico-profesional).
29. Según la clasificación clásica, ¿cuáles son los tres grupos en que se dividen los sistemas de identificación según la credencial utilizada?
La clasificación clásica de los sistemas de identificación distingue: (a) por algo que se POSEE/material (llaves, tarjetas), (b) por algo que se CONOCE (código, PIN), y (c) por algo que se ES o características biométricas (huella, iris, voz). (Temario técnico-profesional — sistemas de identificación.)
30. Una tarjeta de proximidad o una llave magnética corresponden, dentro de la clasificación de sistemas de identificación, a la categoría de:
Las llaves, tarjetas magnéticas, tarjetas de proximidad, emisores y mandos pertenecen al grupo 'por algo que se POSEE/material'. (Temario técnico-profesional — sistemas de identificación; F12.)
31. El reconocimiento por huella dactilar, iris, voz o geometría de la mano se incluye en el sistema de identificación basado en:
Los sistemas biométricos (huella dactilar, iris, voz, geometría de la mano, reconocimiento facial) corresponden al grupo 'por algo que se ES / características personales'. (Temario técnico-profesional — sistemas de identificación; F12 y F45.)
32. Un teclado digital en el que el usuario introduce un código o PIN para acceder responde al sistema de identificación denominado:
El teclado digital, código, combinación o PIN corresponden al grupo 'por algo que se CONOCE'. (Temario técnico-profesional — sistemas de identificación; F12.)
33. El vigilante debe preparar la acreditación permanente de un nuevo trabajador fijo de la instalación. ¿Qué datos debe incluir, entre otros, esa acreditación?
Las acreditaciones permanentes del personal fijo contienen fotografía actualizada, nombre y apellidos, cargo e identificación de la zona o nivel autorizado, y pueden integrar banda magnética, proximidad o chip. (Temario técnico-profesional — autorización y acreditaciones; F13.)
34. Respecto de las acreditaciones transitorias o temporales entregadas a los visitantes, ¿qué dato NO deben llevar por seguridad?
Las acreditaciones transitorias NO deben llevar la identificación del edificio, para evitar su uso malintencionado en caso de extravío; sí llevan número de orden de control y grado de autorización por código o color, y se recogen a la salida. (Temario técnico-profesional — acreditaciones de visitantes; F14 y F44.)
35. Las acreditaciones de visitante, una vez utilizadas, deben:
Las acreditaciones transitorias se entregan a visitantes ocasionales y se recogen a la salida. (Temario técnico-profesional — acreditaciones de visitantes; F14.)